¿Hasta cuando debo inscribir los ficheros?
El Reglamento General de Protección de Datos entra en vigor el próximo 25 de mayo, y hasta ese momento está en vigor la LOPD, por lo que hasta ese día deberás inscribir los ficheros en la Agencia de Protección de Datos como era habitual.
A partir del día 25, los ficheros serán sustituidos por el Registro de Actividad , que no es obligatorio para empresas con menos de 250 trabajadores, excepto que:
- Se realicen tratamientos que entrañen riesgos para los afectados.
- Los tratamientos no sean ocasionales.
- El tratamiento se refiera a datos de categorías especiales: etnia, raza, creencia religiosa, política, salud y orientación sexual.
En el vídeo te cuento como debes actuar y cómo realizar el registro de actividades, aunque no estés obligado a ello, te va a ayudar a cumplir con el resto de obligaciones que te impone el Reglamento.